Ayudas para la modernización de industrias culturales

Buenos días:

Volvemos un viernes más para hablaros de esta nueva ayuda que nos ofrece el Ministerio de Industria. Se trata de ayudas a fondo perdido con el objetivo fundamental de subvencionar la inversión en capital, favoreciendo la modernización e innovación de las industrias culturales y creativas y para promover e incrementar la oferta legal de contenidos digitales culturales en internet.

Vamos a verlo ¿no? 🙂   ¡Feliz fin de semana!

Elena Glez Castro

Finalidad

  • Favorecer la materialización de proyectos que promuevan la calidad de la oferta legal de contenidos digitales culturales en Internet mejorando el acceso de los ciudadanos a los mismos.
  • Fomentar la digitalización de contenidos culturales y su difusión internacional, mediante plataformas en línea.
  • Favorecer la materialización de proyectos que promuevan la modernización, innovación y adaptación tecnológica de las industrias culturales y creativas.
  • Promover las inversiones materiales o inmateriales en el desarrollo de un producto cultural con un alto impacto tecnológico.
  • Impulsar la internacionalización de empresas y proyectos del ámbito cultural.

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de las ayudas de referencia los profesionales inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, y las empresas de nacionalidad española o de cualquier Estado miembro de la Unión Europea, o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo que, independientemente de su forma jurídica, se dediquen a la producción, distribución y/o comercialización de bienes culturales en los siguiente ámbitos: artes escénicas, artes visuales, patrimonio cultural, cine, televisión radio, videojuegos y artes interactivas, nuevos medios de comunicación, música, libros, prensa, arquitectura, diseño, diseño gráfico, diseño de moda y publicidad. Los beneficiarios no podrán obtener ayudas en más de tres convocatorias consecutivas a contar desde la convocatoria de 2010.

Quedan excluidas: las Administraciones Públicas, sus organismos autónomos, las empresas públicas y otros entes públicos, así como las entidades sin ánimo de lucro.

Procedimiento

La concesión de estas ayudas se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de objetividad, transparencia, igualdad, no discriminación y publicidad. La convocatoria, así como la concesión de estas ayudas, será publicada en el Boletín Oficial del Estado.

Forma de Presentación de Solicitudes

Podrá presentarse un máximo de una solicitud por titular. La solicitud sólo contemplará un proyecto, que se presentará con la documentación que se detalla en el artículo 6 de la Resolución de Convocatoria.

Las solicitudes deberán presentarse:

  • Por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38 de la LRJPAC. El sello del registro, acreditativo de la fecha de presentación, deberá figurar en la solicitud. Deberán ir dirigidas a la Dirección General de Política e Industrias Culturales y del Libro, Secretaría de Estado de Cultura del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, Plaza del Rey 1, -1ª planta, 28071, Madrid.
  • A través de la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Cultura del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, de acuerdo con lo establecido en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos y en la Orden CUL/3410/2009, de 14 de diciembre, por la que se regula el Registro Electrónico del Ministerio de Cultura. En este caso, la solicitud se cumplimentará con la aplicación informática preparada al efecto, en la dirección web https://sede.mcu.gob.es/SedeElectronica en el apartado “Trámites y procedimientos”, siempre que se posea un certificado digital emitido por alguna de las autoridades reconocidas como emisoras de tales certificados, a nombre del representante legal de la empresa o bien certificado jurídico digital de la empresa.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOE. La Sede Electrónica estará disponible en la web del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, a partir de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y hasta las 15 horas del último día de presentación.

Contenido

La ayuda concedida por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en esta convocatoria representará un máximo del 70% del coste total del proyecto. Como mínimo el 30% restante debe financiarse con fondos propios o con aportaciones de otras instituciones públicas o privadas. Con esta medida se busca implicar a las empresas en los proyectos y mejorar la viabilidad y sostenibilidad de los mismos.

Acceso a la convocatoria